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CERMI.ES semanal el periódico de la discapacidad.

viernes, 07 de septiembre de 2012cermi.es semanal Nº 45

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Formación y Empleo

El CERMI pide un compromiso a favor de la educación inclusiva como garantía de una atención de calidad

07/08/2012

El CERMI Estatal plantea al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, con motivo del documento de propuestas que ha preparado para el anteproyecto de Ley para la mejora de la calidad educativa, un compromiso “claro, directo y explícito” del Ministerio en favor de la educación inclusiva, “como garantía de una atención de calidad a la diversidad del alumnado del sistema educativo”.

Para el Comité, aunque contamos con un sistema educativo que ha preparado y desarrollado una política de inclusión del alumnado con discapacidad en relación a sus necesidades educativas, actualmente, tras seis años desde la aprobación de la Ley Orgánica de Educación, “seguimos alejados de lo que debiera ser la auténtica respuesta a las demandas de este alumnado”.

En este sentido, muestra su preocupación por las respuestas incumplidas en relación a esas necesidades y porque la inclusión educativa del alumnado con discapacidad todavía no llegue a estas personas de una forma “efectiva y suficiente”.

La inclusión educativa tiene que ver, fundamentalmente, con el hecho de que todo alumnado sea aceptado, reconocido en su singularidad, valorado y con posibilidades de participar plenamente; y la escuela inclusiva es aquella que ofrece a todas sus alumnas y alumnos las oportunidades educativas y los apoyos necesarios para su progreso académico y personal.

Así, según explica el CERMI, a lo largo del texto presentado por el Ministerio de Educación, no se recoge este planteamiento y no se hace mención a términos como “inclusión educativa”, “escuela inclusiva” o “sistema educativo inclusivo”, a pesar de que el objetivo del anteproyecto de Ley sea la mejora de la atención educativa.

Por ello, el CERMI considera que este documento de propuestas, presentado por el Ministerio el pasado 11 de julio, responde a una legislación “insuficiente e inconcreta”, ya que, según indica, “no se compromete con la inclusión del alumnado con discapacidad porque no hace referencia al mismo ni a sus necesidades de apoyo educativas”.

Tampoco recoge, continúa, entre los principios en los que se basa la reforma, el principio de no discriminación en el acceso y en el mantenimiento en el sistema educativo del alumnado con discapacidad, que la legislación actual exige.

Para el CERMI, no establece el principio de atención al alumnado con necesidades para su inclusión educativa relacionadas con la discapacidad como criterio de calidad del sistema educativo; y no aporta un plan completo y transversal de inclusión que se desarrolle a lo largo de todas las etapas educativas.

Además, tampoco establece un marco orientador para que en un periodo razonable se migre a estructuras educativas inclusivas para todo el alumnado con discapacidad, según establece la Convención de la ONU. Asimismo, mientras perduren modalidades de escolarización diversificadas (ordinaria y especial), según el CERMI, la Ley debe establecer que la decisión última de seguir una u otra, debe ser de los progenitores o representantes legales del alumnado menor de edad para respetar el principio de libre elección.

Otra observación del CERMI es que no recoge la formación específica del profesorado y de los profesionales especialistas, elementos clave de la inclusión del alumnado con discapacidad y no prevé un plan de recursos mínimos suficientes que garanticen una inclusión de calidad con la adecuado y suficiente atención a las necesidades del alumnado con discapacidad.

También considera que es necesario garantizar la dotación adecuada y suficiente de medios didácticos, materiales, técnicos y humanos necesarios para eliminar las barreras urbanísticas, arquitectónicas, del transporte, tecnológicas, de la comunicación y de la comprensión, tanto en lo que se refiere a la accesibilidad al propio centro, como al acceso de los contenidos de enseñanza y a las actividades académicas y extraescolares, incluidos procesos de evaluación y las nuevas tecnologías, así como en los contenidos de formación del profesorado.

En cuanto al aprendizaje de lenguas extranjeras, en el caso del alumnado con discapacidad, es necesario, según el CERMI, que establezcan medidas de flexibilización o alternativas en las metodologías de enseñanza de la lengua extranjera. Y, por otra parte, plantea que se asegure un Plan de Becas y Ayudas al estudio al alcance de todos los estudiantes con discapacidad, así como acciones y medios para reactivar la inclusión educativa del alumnado con discapacidad, gracias a la información, sensibilización y mentalización de toda la comunidad educativa y de la sociedad en general.

Por último, señala que no establece indicadores o medidores de calidad del sistema que permitan determinar si se cumplen los principios de calidad en relación con el alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, que revelen si el sistema educativo está atendiendo en términos de satisfacción al alumnado con discapacidad y que informen de los procesos de evaluación que se ponen en marcha.

Para el CERMI, toda inversión real hecha sobre la educación y la habilitación de personas con discapacidad durante los primeros años de vida y en las etapas escolares y formativas, evita gran parte de las inversiones posteriores en otras etapas de la vida adulta, que siempre conllevan un mayor coste personal y social, con un resultado sensiblemente inferior que no se corresponde con el esfuerzo realizado.

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